Twitter hacía un comunicado hace unos días atrás a través de su blog oficial. El título del post, «Tweets still must flow» hacía clara referencia a otro publicado hace exactamente un año en el mismo blog, titulado «The Tweets must flow«. Hace un año desde Twitter se declaraban firmes defensores de la libertad de expresión, pero reconocían la necesidad de eliminar ciertos mensajes por su contenido ilegal, así como el spam, en aras de mantener la información circulante relevante para el lector.
También se lamentaban de la imposibilidad de revisar uno por uno los cientos de millones de mensajes generados diariamente por sus usuarios. Con el objetivo de mostrar una imagen de transparencia, todos los mensajes eliminados por reclamaciones de copyright eran enviados a Chilling Effects, y tuiteada la acción a través de la cuenta @ChillFirehose.
Este movimiento coincidía con los albores de la denominada Primavera Árabe, cuando las protestas de los diferentes pueblos clamando por mayores libertades y regeneración democrática, y canalizadas a través de las principales redes sociales, llevaron a algunos gobiernos a restringir el acceso a Twitter, Facebook, Google y YouTube, llegando el gobierno egipcio a bloquear completamente el acceso a Internet en algunas ciudades.
En este momento Twitter da con su nueva política un paso más allá, reconociento que determinados contenidos podrían resultar ofensivos en algunas circunscripciones geográficas, por motivos legales o culturales (y ya no sólo por motivos de copyright, y esta es la principal novedad), y poniéndose a disposición de la «autoridad competente» para eliminar aquellos mensajes considerados ofensivos:
“If and when we are required to withhold a Tweet in a specific country, we will attempt to let the user know, and we will clearly mark when the content has been withheld.”
A pesar de que se pone como ejemplo las legislaciones de Francia o Alemania, que prohíben la difusión de cualquier tipo de contenido pro-Nazi, todos tenemos la mente puesta en las consecuencias que estas restricciones tendrán sobre la capacidad de expresarse libremente para ciudadanos en países no tan afortunados desde el punto de vista democrático.
¿Son realmente libres las palabras?
A pesar de que la Libertad de Expresión aparece recogida como un derecho fundamental en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, podemos encontrar restricciones a este derecho en casi cualquier circunscripción geográfica que consideremos. El libro «Freedom of Speech» de Eric Barendt, hace un buen recorrido por varias posturas de diferentes ordenamientos jurídicos, a la hora de limitar la libertad de expresión con el pretendido fin de proteger otros derechos como el honor, la reputación, o incluso el copyright (aquí puede encontrarse un buen resumen del mismo, en pdf).
La pornografía es un tema que ha ha atraído la atención del legislador en EE.UU. En 1995 el Congreso de los Estados Unidos hizo el primer intento serio por legislar la utilización y diseminación de contenidos pornográficos en Internet, mediante la Ley de Decencia de las Comunicaciones (Communications Decency Act). La ley fue aprobada por el Senado en 1996, e integrada dentro de del Código de los Estados Unidos en su Título V. Dos peros fundamentales se podían poner a esta ley: 1) la ley perseguía la difusión de contenidos «indecentes» (esta era la terminología utilizada), pero dejaba sin definir en el texto a qué se refería con la palabra «indecente», de manera que una obra artística que para unos podría resultar totalmente aceptable, para otros sería poco menos que la cumbre de la indecencia; y 2) arremetía peligrosamente contra el sacrosanto derecho a expresarse libremente, consagrado en la Constitución Americana. tan sólo un año después de que el presidente Bill Clinton firmara la ley, ésta fue rechazada por el Tribual Supremo en el caso Reno v. ACLU (+info aquí), y la mayoría de sus provisiones «anti-indecentes» fueron declaradas inconstitucionales.
No obstante, de aquella iniciativa legislativa consiguió sobrevivir la sección 230, que establece la protección del «Buen Samaritano» para los proveedores de servicios y los usuarios de Internet, ofreciéndoles inmunidad ante contenidos ilegítimos generados por terceros, y puestos a disposición en sitios de Internet de su responsabilidad: «No provider or user of an interactive computer service shall be treated as the publisher or speaker of any information provided by another information content provider». Esta disposición superviviente de la defunta CDA ha sido una poderosa arma defensiva para numerosos ISPs desde entonces.
Sea como fuerere, una nación tan protectora de los derechos y libertades de sus ciudadanos como los Estados Unidos, también recorta la libertad de expresión cuando lo consideran oportuno (de hecho en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos sólo se declaran explícitamente tres derechos como inaliebables: a la vida, a la libertad, y a la búsqueda de la felicidad). Basten como últimos ejemplos la prohibición de dar falsa alarma de fuego en un teatro abarrotado, o la existencia hasta 2011 de la Comics Code Authority, organización autorreguladora de la industria del comic estadounidense, que suponía de facto un mecanismo más de censura. Muchos otros más actuales se recogen en Censorship in America. Hay cosas que, simplemente, no se pueden decir, o no está bien visto que se digan.
Mucho más cerca de nosotros, países como Alemania, Francia, Italia o Austria, a pesar de reflejar claramente en sus respectivas constituciones el derecho a expresarse libremente como una libertad fundamental de sus ciudadanos, consideran un crimen la negación del Holocausto. Es famoso el caso de Ernst Zündel, alemán exiliado en Estados Unidos y en Canadá, que fue extraditado al país Germano para ser juzgado por incitar al odio contra el pueblo judío y por negar el Holocausto, siendo condenado a la máxima pena de 5 años de prisión. Si bien la negación del Holocausto no es delito en Canadá, antes había sido retenido durante dos años en este país por constituir una amenaza para la seguridad nacional, y por «publicar literatura que podría incitar al odio contra un grupo identificable», racial o étnico. Esta última actividad es de hecho un delito en numerosas legislaciones. La difamación, las afirmaciones que pudieran incitar al pánico de la problación (especialmente en ambientes bélicos o prebélicos), o las manifestaciones obscenas, también han encontrado limitaciones a su expresión en norteamérica en diferentes momentos históricos. Hay que decir que incluso en casos tan moralmente reprochables como el de la actitud mantenida por Zündel, todavía hay quien lo pudiera considerar un preso político más.
En Asia encontramos casos dantescos, como el de la periodista tailandesa Chiranuch Premchaiporn, que desde abril de 2009 se vio envuelta en un proceso judicial a causa de las opiniones vertidas por usuarios de la cabecera independiente que dirige, Prachatai. ¿El motivo? Un delito de lesa majestad, inicialmente enmascarado por acusaciones de opiniones amenazadoras para la seguridad nacional, en una causa incitada por un pequeño príncipe tailandés que se vio ultrajado por los comentarios de los usuarios del periódico. De hecho, los delitos de lesa majestad parecen ser el pan nuestro de cada día en el país asiático (dejo aquí una interesante entrevista a Premchaiporn en Periodismo Humano).En definitiva, los casos de restricciones y limitaciones a la libertad de expresión y de discurso se suceden a lo largo y ancho del Globo, desde Ruanda hasta Cuba (informe de Amnistía Internacional sobre la libertad de expresión en Cuba, pdf). También es interesante consultar la información que World Audit acumula sobre la libertad de expresión y de prensa en diferentes países, y que eventualmente puede afectar negativamente a cualquier periódico de Internet, si atendemos a la experiencia de nuestra amiga tailandesa. Cualquier medio digital o red social que ponga en circulación en Internet opiniones de sus empleados, freelances o usuarios, se puede encontrar con un desagradable incidente cuando estas opiniones no gustan a alguien. La pregunta es, ¿quién tiene legitimidad para protestar, con qué argumentos, y cuál ha de ser la respuesta al respecto?
¿Por qué y cómo hace Twitter esto ahora?
Lo primero que tenemos que pensar es que Twitter no es una ONG. Ha resultado ser una herramienta extremadamente útil, no sólo para compartir información y puntos de vista sobre los temas más mundanos y cotidianos, sino también para dar un altavoz mundial a aquellas voces descontentas con la situación política de sus países, siendo ampliamente utilizada por diferentes ONGs. En 2010 un estudio revelaba que el 86% de las ONGs tenían presencia en Facebook, y el 60% en Twitter, e incluso ha aparecido alguna guía de uso de Twitter para ONGs.
Sin embargo el propósito de Twitter es hacer dinero. Ser un negocio sostenible con capacidad para crecer y desarrollarse en el tiempo. A pesar de de que las primeras conjeturas apuntaban a la irrupción en la participación de la empresa del príncipe saudí Alwaleed bin Talal (conjeturas que han desmetido desde la propia compañía, al tiempo que recordaban que el movimiento no supone ningún cambio en su filosofía), lo cierto es que su inversión de 300 millones sólo le da derecho a un 3% de las acciones de la empresa. El verdadero motivo de Twitter es poder seguir creciendo en países donde la libertad de expresión está seriamente restringida.
Un reciente informe prevé que los ingresos publicitarios de la red social alcanzarán los 540 millones de dólares en 2014, triplicándose los resultados actuales. Este incremento pasa necesariamente por la expansión de su negocio fuera de los EE.UU., donde el peso de los ingresos sobre el total asciende al 90%. Si las previsiones se confirman (habrá que ver), la importancia relativa de EE.UU. se reduciría al 7%. Pero para ello la compañía necesita adaptarse a las legislaciones de los diferentes países, y ponerse el parche antes que la herida. Parece preferible anticiparse mostrando una actitud de colaboración y buenas palabras, antes que enfrentarse al cierre inesperado de su negocio, o a la desaparición de anunciantes en un momento dado, por el motivo más peregrino imaginable (por ejemplo, que al miembro de una cierta familia real le molestan ciertos comentarios).
La pregunta es si la estrategia de Twitter es acertada, y si han enfocado correctamente el asunto. Lo que sí parece es que desde Twitter han elegido cuidadosamente las palabras al realizar su comunicado. Lo dejan todo más bien en una declaración de intenciones, que pretende por un lado tranquilizar a los gobiernos más intransigentes con las opiniones vertidas en la red, al tiempo que apacigua a sus usuarios dando una imagen de transparencia conciliadora:
“If and when we are required to withhold a Tweet in a specific country, we will attempt to let the user know, and we will clearly mark when the content has been withheld.”
Conviene traer al caso la opinión que sobre este tema ha publicado Loreto Corredoira, profesora titular de Derecho de la Información de la UCM.
Ya hemos visto antes que la libertad de expresión es un derecho fundamental, y por tanto a priori incuestionable y no opinable; no sujeto a la opinión o filosofía particular de una persona, grupo, corporación o gobierno. Del mismo modo que hemos visto cómo en diferentes situaciones geográficas, históricas o políticas se han puesto limitaciones a esta libertad de expresión, y cómo el incumplimiento de estas restricciones ha llevado a serios problemas judiciales no sólo a la fuente emisora del mensaje, sino que en algunos casos se ha «matado al mensajero».
Debemos recordar también que Recientes iniciativas legislativas ponen cada vez más en el punto de mira sobre el intermediario o proveedor de servicios de Internet, dada la dificultad o imposibilidad en muchos casos de ir directamente contra el usuario infractor (o la negativa judicial a sancionarlo). Basten como ejemplos la mómentáneamente paralizada SOPA, o nuestra versión local materializada en forma de la Ley Sinde-Wert. Ambas propuestas tenderían a debilitar seriamente la protección de puerto seguro (título segundo de la DMCA), o la protección del «buen samaritano» que comentábamos anteriormente. Y como poco en muchos casos se convertiría al ISP en copartícipe en la vigilancia de los contenidos que circulan por sus redes, cosa (i) éticamente cuestionable, (ii) empresarialmente perjudicial, (iii) tecnológicamente costosa y (iv) económicamente cara.
No le falta razón a la Dra. Corredoira al encontrar paradójico el «giro copernicano» de Twitter con su nueva política (ya hemos comentado antes que no es tan radical el giro; se venían censurando otro tipo de contenidos), a la vista de su implicación en contra de #SOPA o de #PIPA (rechazo en cambio el argumento de la implicación de Twitter en el fenómeno de la primavera árabe, toda vez que la empresa se limitó a ofrecer una herramienta neutral, no a participar activamente en el proceso). Quizá la profesora pone el dedo en la llaga al recordar que cualquier decisión de retirada de un contenido, debería venir impuesta por una decisión judicial, y «por tanto tipificado, no arbitrario, ni aplicado por las corporaciones». En cualquier caso sí me parece que la notificación de Twitter deja claro que estas retiradas serán acciones excepcionales, y no normales, y en cualquier caso aplicadas de una manera reactiva, a petición de una «entidad competente».
Y es este el último punto que me preocupa del anuncio de Twitter. ¿Qué entienden ellos por «entidad competente»?
…if we receive a valid and properly scoped request from an authorized entity, it may be necessary to reactively withhold access to certain content in a particular country from time to time.
En el caso de las reclamaciones por copyright o por spam de los mensajes, parece sencillo identificar quién es el poseedor de tales derechos (en el primer caso), o qué mensajes se tratan de spam (en el segundo, utilizando las notificaciones de los usuarios y un algoritmo interno que los filtra). En el caso de que las reclamaciones atiendan a la no idoneidad de un comentario, o a su no adecuación a una normativa particular e interna de un cierto territorio que además supone un menoscabo de una libertad tan fundamental como la de la libre expresión de un pensamiento, ¿quién deberá realizar la reclamación? ¿Y con qué celeridad deberá ser atendida desta queja…? Porque procesos judiciales sobre este tipo de reclamaciones han llegado a durar años…
Finalmente, recordaremos que otras empresas, como Google, también vienen aplicando políticas parecidas, y no se habla tanto de ello. Se trata de empresas obligadas a jugar las cartas que muchas veces les vienen dadas, y a hacer juegos malabares en siempre con el objetivo fundamental de garantizar su propia supervivencia. Adaptarse o morir.
Alternativas tecnológicas
La propia Twitter ofrece una alternativa tecnológica para «engañar» al sistema haciéndole creer que estás en una ubicación diferente a la que realmente te encuentras. Desconozco hasta qué punto el truco será efectivo o perdurable en el tiempo, toda vez que es bastante sencillo conocer la ubicación geográfica de un usuario con cierta precisión a partir de un dato tan simple como su dirección IP. En incluso este dato es fácilmente enmascarable mediante la utilización de proxys y otras alternativas.
Sin ánimo de entrar en profundidades tecnológicas, lo cierto es que la decisión de Twitter podría suponer el lanzamiento definitivo para alternativas como Identi.ca y otros servicios de microblogging que utilizan la tecnología StatusNet para ofrecer un servicio de comunicación federado. Se trata de una tecnología abierta que permite al propio usuario tomar control del servicio, al tiempo que facilita el intercambio de mensajes entre diferentes comunidades. Esta tecnología podría ser la solución definitiva, y podríamos asistir a una migración masiva de usuarios a estas redes si las cosas se ponen complicadas en alternativas cerradas como Twitter y otros servicios más comerciales. O simplemente si la publicidad se vuelve insoportable… (a mí podéis encontrarme aquí).
Como conclusión, recordaremos aquí la tan manida expresión de que «no se puede poner puertas al campo». Por mucho que los gobiernos y las influyentes corporaciones se empeñen en imponer restricciones al libre flujo de la cultura, a los nuevos hábitos de la sociedad digital del siglo XXI, o a la vocación de expresar libremente nuestros pensamientos e ideas, Internet se revela, cada día con mayor fuerza, como la más poderosa herramienta con que jamás haya contado el ser humano para aprender, compartir conocimientos, y expresar libremente su yo más íntimo. El transcurrir de los tiempos ha demostrado que lo que nos parecía antes obsceno y escandaloso ahora apenas nos inmuta, y que la Humanidad en su paso por la Historia ha derribado contundentemente las barreras ideológicas, culturales y políticas que se han interpuesto ante el progreso de la ciencia, el arte y el conocimiento.
Como dijera Galileo ante el tribunal de la Santa Inquisición, cuando se vio ante la disyuntiva de ser condenado a muerte, o abjurar de su polémica y transgresora para la época teoría heliocéntrica (y tras escoger lo segundo, afortunadamente para nosotros y para él), repetiremos aquí con fuerza:
Y sin embargo se mueve.
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